• El padre que provoque violencia vicaria contra la madre podría perder la patria potestad de los hijos.
  • Condicionar el cumplimiento de obligaciones alimentarias también se considerará como violencia vicaria

⚖️ Reforma histórica para proteger a las mujeres

Toluca, Estado de México, 4 de marzo de 2026.- Las comisiones unidas del Congreso mexiquense aprobaron tipificar la violencia vicaria como delito, estableciendo penas de cuatro a ocho años de prisión, multas de hasta 1,500 días y la pérdida de la patria potestad para quienes resulten responsables.

violencia vicaria padres

La iniciativa fue respaldada por las diputadas Selina Trujillo Arizmendi y Zaira Cedillo Silva, así como el diputado Vladimir Hernández Villegas, de Morena, y la legisladora Miriam Silva Mata, del PVEM. El dictamen integró cinco propuestas legislativas presentadas por Morena, PVEM, PAN y PRD, en un esfuerzo conjunto para reconocer y sancionar esta forma de violencia que afecta gravemente a mujeres y sus familias.

👥 Definición del delito

El documento establece que la violencia vicaria ocurre cuando un hombre, con el propósito de dañar a una mujer con quien mantiene o mantuvo matrimonio, concubinato o relación de hecho, utiliza a sus hijas, hijos, familiares o personas cercanas como medio de agresión.

Entre las conductas consideradas están:

  • Amenazar con causar daño a hijas e hijos.
  • Ocultarlos, retenerlos o sustraerlos de su domicilio.
  • Usarlos para obtener información respecto de la madre.
  • Promover actos de violencia física o psicológica en contra de la madre.
  • Interponer acciones legales con hechos falsos para obtener custodia o patria potestad.
  • Condicionar el cumplimiento de obligaciones alimentarias.

Ruta de atención de VBG – Bienestar

🏛️ Alcances de la reforma

Además de la pena privativa de libertad, se contemplan sanciones económicas y tratamientos psicológicos o reeducativos para los responsables. En el Código Civil, la violencia vicaria se incorpora como una forma análoga de violencia que atenta contra la dignidad, libertad e integridad física o psicológica de las personas integrantes del grupo familiar.

La reforma también establece que el Ministerio Público deberá dictar medidas preventivas y gestionar órdenes de protección para salvaguardar la integridad de las víctimas. Asimismo, se contempla la suspensión de la convivencia con menores cuando se acredite cualquier tipo de violencia, y la pérdida de la patria potestad en casos de abandono o violencia comprobada.

Durante la sesión, representantes del Frente Nacional contra la Violencia Vicaria solicitaron que esta forma de violencia sea reconocida como violencia de género y acompañada de medidas especiales de protección.