- El padre que provoque violencia vicaria contra la madre podría perder la patria potestad de los hijos.
- Condicionar el cumplimiento de obligaciones alimentarias también se considerará como violencia vicaria
⚖️ Reforma histórica para proteger a las mujeres
Toluca, Estado de México, 4 de marzo de 2026.- Las comisiones unidas del Congreso mexiquense aprobaron tipificar la violencia vicaria como delito, estableciendo penas de cuatro a ocho años de prisión, multas de hasta 1,500 días y la pérdida de la patria potestad para quienes resulten responsables.

La iniciativa fue respaldada por las diputadas Selina Trujillo Arizmendi y Zaira Cedillo Silva, así como el diputado Vladimir Hernández Villegas, de Morena, y la legisladora Miriam Silva Mata, del PVEM. El dictamen integró cinco propuestas legislativas presentadas por Morena, PVEM, PAN y PRD, en un esfuerzo conjunto para reconocer y sancionar esta forma de violencia que afecta gravemente a mujeres y sus familias.
👥 Definición del delito
El documento establece que la violencia vicaria ocurre cuando un hombre, con el propósito de dañar a una mujer con quien mantiene o mantuvo matrimonio, concubinato o relación de hecho, utiliza a sus hijas, hijos, familiares o personas cercanas como medio de agresión.
Entre las conductas consideradas están:
- Amenazar con causar daño a hijas e hijos.
- Ocultarlos, retenerlos o sustraerlos de su domicilio.
- Usarlos para obtener información respecto de la madre.
- Promover actos de violencia física o psicológica en contra de la madre.
- Interponer acciones legales con hechos falsos para obtener custodia o patria potestad.
- Condicionar el cumplimiento de obligaciones alimentarias.
🏛️ Alcances de la reforma
Además de la pena privativa de libertad, se contemplan sanciones económicas y tratamientos psicológicos o reeducativos para los responsables. En el Código Civil, la violencia vicaria se incorpora como una forma análoga de violencia que atenta contra la dignidad, libertad e integridad física o psicológica de las personas integrantes del grupo familiar.
La reforma también establece que el Ministerio Público deberá dictar medidas preventivas y gestionar órdenes de protección para salvaguardar la integridad de las víctimas. Asimismo, se contempla la suspensión de la convivencia con menores cuando se acredite cualquier tipo de violencia, y la pérdida de la patria potestad en casos de abandono o violencia comprobada.
Durante la sesión, representantes del Frente Nacional contra la Violencia Vicaria solicitaron que esta forma de violencia sea reconocida como violencia de género y acompañada de medidas especiales de protección.
