- El dictamen establece que la pena máxima en la entidad será de 70 años de prisión.
En un paso trascendental para la armonización jurídica del Estado de México, comisiones de la LXII Legislatura aprobaron la supresión de la prisión vitalicia. Esta medida, impulsada de forma conjunta por la gobernadora Delfina Gómez Álvarez y la diputada Sofía Martínez Molina (PT), busca eliminar una sanción que la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ha calificado como contraria a la dignidad humana y al sistema de reinserción social.
El dictamen establece que la pena máxima en la entidad será de 70 años de prisión, asegurando que el sistema penitenciario cumpla con su función de rehabilitar y no solo de castigar de forma perpetua.
¿Por qué se eliminó la cadena perpetua en el Estado de México?
La reforma responde a la necesidad de alinear la legislación local con los estándares de la Suprema Corte, que el 28 de enero de 2025 resolvió la inconstitucionalidad de esta pena. Los legisladores argumentaron que la prisión vitalicia anula cualquier expectativa de futuro para el sentenciado, convirtiendo la sanción en una medida meramente retributiva que ignora el Artículo 18 Constitucional.
La diputada Sofía Martínez Molina destacó durante la sesión:
“Esta iniciativa no solo atiende un criterio jurídico, sino responde al mandato constitucional de garantizar un sistema penal basado en el respeto y los derechos humanos. Eliminar la prisión vitalicia no debilita la respuesta del Estado ante delitos graves; por el contrario, fortalece un sistema más justo”.

¿Qué pasará con quienes ya cumplen una sentencia de prisión vitalicia?
Uno de los puntos más relevantes de la reforma es su carácter retroactivo en beneficio de los sentenciados. El proyecto mandata que, en los procesos donde ya se impuso la cadena perpetua, la autoridad jurisdiccional deberá realizar una revisión incidental para adecuar la pena.
Esta adecuación se basará en:
- El grado de culpabilidad establecido en el caso concreto.
- El parámetro de punibilidad del delito correspondiente.
- El nuevo tope máximo de 70 años de prisión.
¿Cuáles eran los delitos que contemplaban la pena perpetua?
Hasta antes de esta reforma, el Código Penal del Estado de México aplicaba la prisión vitalicia en delitos de alto impacto, tales como:
- Feminicidio y homicidio calificado.
- Homicidio contra familiares directos o cónyuges.
- Violación cuando participaran dos o más personas o resultara en la muerte de la víctima.
- Robo con resultado de muerte.
- Delitos cometidos con ensañamiento, crueldad o por odio (discriminación, orientación sexual o identidad de género).
El diputado Vladimir Hernández Villegas (Morena) calificó esta reforma como una "corrección legislativa" necesaria para evitar que infractores interpongan juicios de inconstitucionalidad que entorpezcan la justicia.
¿Qué otros temas se discutieron en el Congreso mexiquense?
Además de la reforma penal, los legisladores hicieron una pausa en el dictamen de la Ley de Amnistía para robustecer el análisis de las propuestas enviadas por el Ejecutivo y las distintas bancadas.
Asimismo, el diputado Octavio Martínez Vargas alzó la voz respecto a la reciente clausura de 53 centros de rehabilitación por parte de la Fiscalía General de Justicia del Estado de México (FGJEM), solicitando mayor diligencia en estos operativos:
“Se ha puesto en libertad a cerca de 3 mil personas que estaban internadas, cuyas familias están preocupadas porque fueron truncados sus procesos de rehabilitación. La fiscalía debe ser más responsable en estas decisiones”.