• La Suprema Corte ya la había declarado inconstitucional pero en el Edomex acaba de entar en vigor
Por: Jimena Guzmán
Fotos: Arturo Callejo

Entraron en vigor las reformas al Código Penal del Estado de México que eliminan la prisión vitalicia y establecen 70 años como la pena máxima de prisión, cambios avalados previamente por el Congreso local en concordancia con los criterios de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) y con la normativa nacional e internacional en materia de derechos humanos.

La justificación central de la reforma es que la prisión vitalicia es una pena desproporcionada, inusitada e inconstitucional, que no ha demostrado ser un factor real para inhibir la comisión de delitos y que, por su naturaleza, impide cualquier posibilidad de reinserción social, contradiciendo los fines del sistema penitenciario.

Los artículos reformados son el 23 y 68, que establecen que la prisión tendrá una duración de tres meses a 70 años, y que en caso de concurso de delitos la pena no podrá exceder ese mismo tope.

prision vitalicia 1

El artículo 94 precisa que serán imprescriptibles los delitos con pena máxima de 70 años, así como los cometidos en perjuicio de niñas, niños, adolescentes y mujeres víctimas de violencia de género.

En materia de homicidio calificado, la sanción queda entre 25 y 70 años de prisión. Para el homicidio de cónyuge, familiares en línea recta o hermanos, la pena va de 40 a 70 años.

El homicidio de dos o más personas en el mismo hecho o en distintos tendrá la misma sanción, mientras que el cometido con ensañamiento o por motivos de discriminación, orientación sexual o identidad de género recibirá entre 40 y 60 años.

En delitos sexuales, la violación cometida por dos o más personas o cuando cause la muerte de la víctima se sanciona con 40 a 70 años.

El feminicidio en sus formas agravadas tendrá la misma penalidad, incluyendo cuando se cometa frente a los hijos de la víctima. El robo que cause la muerte se castigará con 25 a 70 años de prisión.

Respecto a quienes ya cumplían una pena de prisión vitalicia, la reforma obliga a los jueces a revisar cada caso de forma incidental y adecuar la sanción conforme al grado de culpabilidad y los nuevos parámetros legales.

Las reformas se enmarcan en el Eje Transversal 2 del Plan de Desarrollo estatal 023-2029, enfocado en la construcción de la paz, la seguridad y el acceso a la justicia.

Las iniciativas que dieron origen a estos cambios fueron presentadas por la gobernadora Delfina Gómez Álvarez y la diputada del Partido del Trabajo, Sofía Martínez Molina ante la Cámara de Diputados.