Lomitos y michis no serán los únicos beneficiados; la ley también protege a animales silvestres y doméstico

Habrá cárcel para quien maltrate a un michi o lomito

 

El Estado de México estrena una nueva Ley de Protección, Cuidado y Bienestar Animal que reconoce jurídicamente a los animales como seres sintientes y establece nuevas obligaciones para ciudadanos, municipios, establecimientos y autoridades, además de reforzará las medidas para combatir el maltrato animal.

El decreto 333, publicado en la Gaceta de Gobierno, expide una legislación específica en materia de bienestar animal y sustituye las disposiciones que anteriormente estaban contenidas en el Código para la Biodiversidad del Estado de México.

La nueva norma protege a los animales independientemente de su condición o clasificación legal y obliga a los sectores público, privado y social a adoptar medidas para evitarles sufrimiento, dolor, crueldad o abandono.

perrito abandonado

¿Qué animales contempla la nueva ley?

La legislación regula principalmente a:
-Animales de compañía.
Animales de asistencia y terapéuticos.
-Animales de trabajo, carga, tiro y cabalgadura.
-Animales utilizados con fines deportivos.
-Animales de exposición, exhibición y espectáculo.
-Animales empleados por corporaciones de seguridad y protección civil.

Sin embargo, la ley establece excepciones para actividades como la charrería, corridas de toros, novilladas, becerradas, jaripeos y peleas de gallos, así como para animales utilizados por fuerzas armadas y cuerpos de seguridad cuando cuenten con las autorizaciones correspondientes.

Registro obligatorio para animales de compañía

Uno de los cambios más relevantes es la creación del Registro Único de Animales de Compañía, una base de datos estatal obligatoria y gratuita para quienes adopten o adquieran animales de compañía.

Cada animal deberá contar con una Clave Única de Registro y portar una placa de identificación vinculada a esa base de datos.

Además, el expediente incluirá historial médico, vacunación, origen del animal y datos de la persona responsable.

La inscripción será requisito para acceder a campañas gratuitas de vacunación, esterilización y desparasitación promovidas por las autoridades.

El proceso de inscripción estará a cargo de la Comisión Estatal de Parques Naturales y de la Fauna (CEPANAF).

gato dormidp gato

Nuevas obligaciones para propietarios

La ley obliga a los dueños de animales de compañía a:

-Recoger las heces fecales en espacios públicos.
-Vacunar y desparasitar a sus animales.
-Garantizar alimentación y cuidados adecuados.
-Colocar identificación visible.
-Utilizar correa y pechera en la vía pública.
-Evitar el abandono y, en caso de no poder hacerse cargo del animal, promover su adopción.

También prohíbe reproducir deliberadamente a hembras de animales de compañía en más de una ocasión durante su ciclo de vida con fines de lucro, estableciendo posteriormente su esterilización.

perro agua perro paseo correa
Refugios, hoteles y guarderías bajo regulación

La legislación crea un registro estatal para quienes brinden servicios de hospedaje, pensión, hotel, refugio o guardería para animales.

Estos establecimientos deberán contar con supervisión veterinaria, certificados de salud de los animales alojados y espacios adecuados para cada especie.

Asimismo, se prohíbe alojar animales con enfermedades infectocontagiosas y mezclar distintas especies en las mismas áreas de convivencia o descanso.

Protección para animales de trabajo

La ley incorpora reglas específicas para caballos, mulas, burros y otros animales utilizados para carga, tiro o cabalgata.

Entre otras disposiciones, prohíbe:

-Someterlos a jornadas excesivas
-Utilizar animales enfermos, lesionados, desnutridos o gestantes.
-Mantenerlos sin alimento por más de ocho horas o sin agua por más de dos horas consecutivas.
-Golpearlos o someterlos a maltrato durante el trabajo.
-Exponerlos a condiciones climáticas extremas sin protección.

Medidas de seguridad y sanciones

La nueva ley faculta a las autoridades para asegurar precautoriamente animales víctimas de maltrato, así como vehículos, herramientas o instrumentos utilizados para cometer infracciones.

También podrán ordenar clausuras temporales o definitivas de establecimientos que incumplan la legislación.

Las sanciones contemplan de uno a cuatro años de prisión para quienes causen lesiones, sufrimiento, mutilaciones injustificadas o realicen actos de crueldad contra animales.

Además, cualquier persona podrá presentar denuncias por maltrato animal ante el Ministerio Público, PROPAEM o autoridades competentes.

Endurecen castigos por violencia sexual contra animales

Como parte de las reformas vinculadas al decreto, también se fortalecen las sanciones penales por actos sexuales contra animales.

De acuerdo con el dictamen legislativo, la pena mínima aumenta de seis meses a tres años de prisión y la máxima pasa a seis años, además de contemplar multas más elevadas para quienes cometan este tipo de conductas.

La nueva legislación también obliga a las autoridades estatales y municipales a destinar recursos para su implementación y contempla nuevas facultades de inspección, vigilancia y rescate de animales en situación de riesgo.

Familias multiespecie

El decreto crea el concepto de familia multiespecie, la cual está integrada por personas y animales de compañía.

Los animales domésticos son reconocidos legalmente como integrantes de la familia y se les otorga un estatus especial dentro del núcleo familiar.

Con esta reforma, el Estado de México se suma a las entidades que han fortalecido su marco jurídico en materia de bienestar animal, reconociendo formalmente a los animales como seres sintientes sujetos de protección legal.

Por: Jimena Guzmán
Fotos: Informativo Mexiquense