• Ocurrió en el panteón de Santa Julia, donde hace una semana los pobladores acudieron a visitar a sus fieles difuntos

Toluca, Estado de México, 12 de noviembre de 2025.- Un hombre, aparentemente intoxicado por estupefacientes, fue detenido tras realizar destrozos en el panteón de Santa Julia, en la delegación de Santiago Tlaxomulco.

De acuerdo con el reporte de las autoridades, los elementos de la Dirección General de Seguridad y Protección de Toluca, localizaron al individuo mientras corría descalzo entre las tumbas, rompiendo vidrios y cruces de los sepulcros.

El sujeto, identificado como Rolan “N”, de 32 años, fue detenido y puesto a disposición de la Fiscalía General de Justicia del Estado de México (FGJEM).

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Denuncias

Tras correrse la voz en la comunidad, varios vecinos acudieron al camposanto a revisar las tumbas de sus seres queridos y quienes se percataron de daños, acudieron al Ministerio Público para presentar la denuncia correspondiente contra este sujeto que no le teme ni a la muerte.

La autoridad municipal informó que se reforzará la vigilancia en la zona para evitar que hechos similares se repitan.

Vecinos

Algunos de los pobladores dijeron que se unirán para poder subir la barda y evitar que cualquier delincuente ingrese al panteón, porque no hay quien vigile este tipo de lugares.

¿Qué castigo reciben quienes causan este tipo de destrozos?

Causar destrozos en un panteón en México es un delito que implica sanciones penales y multas, las cuales varían dependiendo de si los actos se tipifican como daño en propiedad ajena o como un delito más grave, como la profanación de tumbas.

Las principales consecuencias legales son:

Daño en Propiedad Ajena: Este es el cargo más común para el vandalismo general (lápidas rotas, monumentos dañados). Las sanciones están estipuladas en los códigos penales federal y estatales.

La ley contempla sanciones económicas y la obligación de reparar los daños causados.

Las penas de prisión pueden variar; a nivel federal, el daño a propiedad ajena se puede sancionar con prisión de quince días a un año si el valor no es elevado, o con penas más severas (hasta 5 o 10 años) si se causan daños graves en edificios públicos o catalogados, como templos o monumentos históricos (lo cual podría aplicarse a ciertas áreas de un panteón).

Profanación de tumbas

Si existe profanación de tumbas o de cadáveres, es decir, si los destrozos implican el ultraje de cadáveres, restos humanos o cenizas, el delito es más grave.

El Código Penal Federal (artículo 281) establece que quien profane un cadáver o restos humanos con actos de vilipendio, mutilación o brutalidad, recibirá penas de prisión más severas. Las penas pueden ser de 2 a 6 años de prisión, y hasta 4 a 8 años si hay actos de necrofilia.

Aunque las leyes específicas pueden variar ligeramente según el estado de la República Mexicana donde ocurran los hechos, ya que cada entidad tiene su propio código penal y reglamentos municipales de cementerios.