- Congreso local aprueba una reforma que elimina los plazos para exigir la reparación del daño en casos de violencia sexual cometida contra niñas, niños y adolescentes.
El Congreso del Estado de México ha dado un paso histórico en la protección de la infancia y la adolescencia al aprobar una reforma que elimina los plazos para exigir la reparación del daño en casos de violencia sexual cometida contra niñas, niños y adolescentes. Esta modificación crucial al Código Civil estatal garantiza que la búsqueda de justicia económica y moral por el daño sufrido no prescriba, sin importar cuánto tiempo transcurra desde los hechos.
La iniciativa, autoría de la diputada María Mercedes Colín Guadarrama (PRI), busca corregir las "deficiencias e imperfecciones legales" que previamente permitían que actos tan graves quedaran sin la debida compensación a las víctimas, a pesar de la gravedad del delito.
"Coincidimos en que la violencia sexual en contra de niñas, niños y adolescentes y toda forma de violencia es condenable. En efecto, la violencia sexual y, en especial, la cometida en contra de infantes o adolescentes, es una de las más graves violaciones a los derechos humanos, y representa una problemática multidimensional que afecta profundamente el tejido social”, se lee en el dictamen aprobado.
¿Qué significa que la acción para la reparación del daño sea imprescriptible?
La imprescriptibilidad significa que no existirá un plazo legal que limite el tiempo para que las víctimas, o las personas afectadas, puedan ejercer su derecho a reclamar la reparación del daño ante las autoridades. Antes de esta reforma, el Código Civil del Estado de México establecía un plazo de tan solo dos años, contados a partir del día en que se producía el daño, para reclamar el resarcimiento de las afectaciones.
La diputada proponente destacó que esta reforma es fundamental porque:
Permite "reconocer la complejidad de los procesos psicológicos y sociales que enfrentan las víctimas de violencia sexual, evitando que los plazos de prescripción se conviertan en barreras que perpetúan la impunidad y la revictimización."
Al eliminar el límite de tiempo, la ley reconoce y valida los largos y difíciles procesos que enfrentan las víctimas para sanar, asimilar el hecho y reunir el valor necesario para buscar justicia.
¿Por qué la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) avaló esta medida?
La decisión del Congreso mexiquense se alinea con un criterio fundamental establecido por la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN). La proponente de la iniciativa recordó que, mediante una sentencia emitida el 25 de junio del presente año, el máximo tribunal del país determinó que la acción de responsabilidad civil por daños derivados de violencia sexual a niñas, niños y adolescentes debe ser imprescriptible.
El alto tribunal reconoció que las víctimas que son menores de edad al momento de los hechos no tienen la capacidad necesaria para comprender la magnitud del daño sufrido de manera inmediata ni para acudir a las autoridades a denunciar.
La SCJN consideró que las víctimas requieren "un tiempo razonable para asimilar los hechos e identificarse plenamente en su carácter de víctimas; entender que determinados daños se causaron por violencia sexual; y tomar el valor para acudir a las instancias judiciales y relevar lo sufrido."
De esta manera, la sentencia de la SCJN sentó el precedente para que las legislaturas locales, como la del Estado de México, armonicen sus códigos civiles con el principio de protección superior de la infancia, asegurando que el paso del tiempo no sea un aliado de los agresores.
¿Cómo impacta esta reforma en la protección de los derechos de la niñez en el Edomex?
La reforma al Código Civil del Estado de México impacta de manera directa y positiva en la protección de los derechos humanos de la niñez y la adolescencia. Al reconocer que las secuelas de la violencia sexual pueden tardar años en manifestarse y en ser procesadas por las víctimas, la ley envía un mensaje claro: la justicia no tiene fecha de caducidad cuando se trata de la infancia.
Al dotar a las víctimas de un tiempo ilimitado para reclamar la reparación del daño, la ley fortalece su capacidad de acceso a la justicia y a una vida libre de violencia. La eliminación de los plazos de prescripción evita la revictimización y asegura que, cuando la víctima finalmente esté preparada para enfrentar su proceso legal, las barreras institucionales no frustren su derecho a ser compensada por las afectaciones físicas y psicológicas que haya padecido. Este cambio legal representa un avance significativo en la erradicación de la impunidad y en el reforzamiento del tejido social mexiquense.