- Estas fechas están establecidas en el artículo 74 de la Ley Federal del Trabajo.
Si ya estás planeando tus vacaciones, puentes o simplemente quieres saber qué días no se trabaja en 2026, conviene tener a la mano el calendario oficial de días de descanso obligatorio en México. Estas fechas están establecidas en el artículo 74 de la Ley Federal del Trabajo (LFT) y aplican para la mayoría de los trabajadores del país.
Para 2026, los días de descanso oficial son los siguientes:
- Jueves 1 de enero, por Año Nuevo
- Lunes 2 de febrero, en conmemoración del Día de la Constitución (5 de febrero)
- Lunes 16 de marzo, por el natalicio de Benito Juárez (21 de marzo)
- Viernes 1 de mayo, Día del Trabajo
- Miércoles 16 de septiembre, por la Independencia de México
- Lunes 16 de noviembre, en conmemoración del inicio de la Revolución Mexicana (20 de noviembre)
- Viernes 25 de diciembre, por Navidad
Cada año, estas fechas suelen publicarse y ratificarse en el Diario Oficial de la Federación (DOF) durante el mes de diciembre, aunque pueden incluirse ajustes adicionales.
¿Habrá días de descanso extra por elecciones en 2026?
La propia Ley Federal del Trabajo contempla que las leyes federales y locales pueden establecer días de descanso adicional cuando se celebran elecciones ordinarias, para permitir la participación ciudadana durante la jornada electoral.
En el caso específico de Coahuila, durante 2026 se llevarán a cabo dos procesos electorales: uno ordinario local y otro extraordinario. Ambos comicios están programados para el domingo 7 de junio.
Hasta el momento, las autoridades no han confirmado si habrá o no descanso oficial obligatorio por este motivo, por lo que se recomienda estar atentos a los comunicados oficiales del gobierno estatal y del DOF.

¿Cómo se pagan los días feriados y qué hacer si no respetan tus derechos?
Cuando un trabajador debe laborar en un día de descanso obligatorio, el artículo 75 de la LFT establece que el pago debe ser especial. Además del salario normal correspondiente al descanso, el trabajador tiene derecho a recibir un salario doble adicional, lo que en la práctica se traduce en pago triple por ese día.
Si el feriado coincide con domingo, el empleador también debe cubrir la prima dominical del 25%, conforme al artículo 71 de la ley, de acuerdo con la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (Profedet).
En caso de que el pago no se realice correctamente, el primer paso es dialogar con el área de recursos humanos o con el patrón. Si no hay una solución, la Profedet puede intervenir para brindar asesoría, conciliación y representación jurídica gratuita.
Los canales de contacto disponibles son:
- Teléfonos: 800 717 2942 y 800 911 7877
- Atención Ciudadana: 079, línea del Gobierno de México
También es posible consultar la ubicación de las oficinas de la Profedet por estado a través de sus canales oficiales.