• La iniciativa busca eliminar las prohibiciones absolutas y las reglas fragmentadas que existen actualmente entre los distintos sistemas de transporte.

El Congreso de la Ciudad de México analiza una propuesta de reforma a la Ley de Movilidad capitalina que busca garantizar el derecho de los usuarios a viajar acompañados por sus animales de compañía. La iniciativa busca eliminar las prohibiciones absolutas y las reglas fragmentadas que existen actualmente entre los distintos sistemas de transporte, sustituyéndolas por lineamientos estandarizados de seguridad, higiene y bienestar animal.

De acuerdo con datos expuestos por la diputada Rebeca Peralta León durante la sesión de la Comisión Permanente —respaldados por la Encuesta Nacional de Bienestar Autorreportado (ENBIARE) del INEGI—, 6 de cada 10 hogares en la capital cuentan con al menos una mascota. Pese a esta realidad social, el marco normativo vigente limita o impide su traslado en la red pública.

¿En qué consiste la reforma a la Ley de Movilidad y a qué transportes aplicaría?

La propuesta plantea adicionar un cuarto párrafo al Artículo 80 de la Ley de Movilidad de la Ciudad de México, obligando formalmente a los prestadores del servicio de transporte de pasajeros a permitir el ingreso de usuarios con sus mascotas.

Con esta medida se busca erradicar la discrecionalidad de los operadores que actualmente deriva en sanciones o negativas de acceso injustificadas. La reforma contempla una cobertura total de la red de movilidad urbana:

  • Sistemas de alta capacidad: Metro, Metrobús y Cablebús.

  • Redes de superficie: Red de Transporte de Pasajeros (RTP) y el Servicio de Transportes Eléctricos (Tren Ligero y Trolebús).

  • Sector concesionado: Unidades de microbuses y autobuses zonales.

Para asegurar una convivencia armónica y no alterar el funcionamiento del servicio ni poner en riesgo a los pasajeros, el ingreso estará sujeto a reglas específicas de contención, higiene y seguridad que deberá cumplir cada tutor.

¿Cuál es el proceso legislativo y cuáles serían los plazos para su aplicación?

El proyecto fue turnado para su análisis y dictaminación a las Comisiones Unidas de Movilidad Sustentable y Seguridad Vial, y de Bienestar Animal del Congreso capitalino. En caso de ser avalado por el Pleno, su implementación se ejecutará en dos etapas paulatinas:

  1. Adecuación al Reglamento (180 días hábiles): Una vez aprobada la ley, el Gobierno de la Ciudad de México, a través de la Secretaría de Movilidad (SEMOVI), tendrá este plazo para publicar los lineamientos generales en el Reglamento de la Ley de Movilidad.

  2. Ajuste de protocolos operativos (90 días hábiles adicionales): Tras la publicación del reglamento, los organismos descentralizados y concesionarios dispondrán de este periodo para actualizar sus manuales de operación, capacitar al personal técnico y adecuar sus instalaciones.

Esta estrategia por fases tiene como objetivo otorgar el tiempo suficiente a los operadores para capacitar a su personal e instruir a la ciudadanía, garantizando traslados seguros tanto para los usuarios como para los animales.